PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “EDUCACIÓN INSPIRADA EN LA LECTURA COMO EJE PRINCIPAL EN LA CONSTRUCCIÓN DE UN FUTURO PLENO DE VALORES”
Identificación
Filosofía
El Jardín Infantil Rayitos de Sol brinda educación pre escolar, con base en la pedagogía cognitiva, empleando como eje transversal la lectura, para que niñas y niños sean forjadores de cambios en la sociedad, identifiquen a Dios como motor de sus actividades; practiquen los principios de la sana convivencia y consideren la práctica de valores humanos, guía primordial en su desempeño cotidiano.
Misión
Desarrollar en niñas y niños posibilidades creadoras y amor por la lectura, inculcando en ellos valores morales, humanos y sociales, con alta capacidad para practicar la autonomía, la democracia y la autoestima.
Visión
Consolidarse como la primera institución educativa de la localidad 16, Puente Aranda, en brindar formación integral orientada al bilingüismo aplicando las habilidades lectoras de niñas y niños como elemento motivador para la construcción de su proyecto de vida.
Lema
Estudiantes bilingües, eficientes y hábiles en el uso de las nuevas tecnologías.
Fines de la educación
De conformidad con la Constitución Política de Colombia y la Ley 115 de 1994, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:
- El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
- La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
- La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
- La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
- La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
- El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
- El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artísticas en sus diferentes manifestaciones.
- La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.
- El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
- La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la Nación.
- La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
- La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.
- La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo (Decreto Nacional 114 de 1996, la Educación no Formal hace parte del Servicio Público Educativo).
Acta de adopción
Acta número 03-15 de 2024 — Octubre 4 de 2024. Por la cual el Consejo Directivo de la institución revisa, evalúa y aprueba el actual Manual de Convivencia del Jardín Infantil Rayitos de Sol, en cumplimiento de sus atribuciones y como parte de su responsabilidad institucional; dicho manual de convivencia regirá para el año lectivo 2025 y podrá ser revisado y reformado anualmente en un proceso colegiado y participativo que involucre debidamente a toda la comunidad educativa, por tanto: el Consejo Directivo del Jardín Infantil Rayitos de Sol,
Considerando:
- Que es deber de toda institución educativa ajustarse a las disposiciones de la Constitución Política Colombiana, a los lineamientos de la Ley 115 de 1994; a las disposiciones del Decreto 1860 de 1994; y demás normatividad educativa.
- Que el ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no está sujeto a ninguna prueba de admisión, examen psicológico, de conocimientos o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental.
- Que el manual de convivencia debe ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la ley por ser un instrumento pedagógico guía para las acciones de formación moral, respeto y derechos de la comunidad educativa.
- Que la Ley 1437 de 2011 expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo con la finalidad de proteger y garantizar los derechos y libertades de las personas y la observancia de los deberes del Estado y de los particulares.
- Que el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, establece, en concordancia con los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, que todos los establecimientos educativos deben integrar en el Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o manual de convivencia, el cual debe contener la definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
- Que la metodología seleccionada para revisar el manual de convivencia consiste en mesas de trabajo integradas por representantes de toda la comunidad educativa, cuyos aportes se socializan en plenaria ante el Consejo Directivo.
- Que es vital articular el Manual de Convivencia con la Ley 1098 de 2006, el Decreto 1290 de 2009, la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Ley 19 de 2012, entre otras disposiciones legales.
- Que el Consejo Directivo, después del debido proceso de participación, debe aprobar, por unanimidad, el Manual de Convivencia propuesto por la Comunidad Educativa, antes de adoptarlo.
- Que los padres de familia, acudientes o protectores del menor acatan, al momento de firmar la matrícula, las normas incluidas en dicho Manual.
Resuelve:
Acuerdo 1Adopción
Adoptar el presente Manual de Convivencia del Jardín Infantil Rayitos de Sol, constituido por acuerdos y centrado en el desarrollo competente de cada estudiante, para que se convierta en persona transcendente como integrante de la familia, y en conjunto sean ciudadanas y ciudadanos activos, partícipes de las decisiones sociales y lectores competentes.
Acuerdo 2Promulgación
Promulgar y explicar el Manual de Convivencia aquí adoptado en reuniones con los miembros de la comunidad educativa, entregando un ejemplar a cada familia del Jardín como complemento a la diligencia de matrícula.
Acuerdo 3Marco conceptual
Para la adecuada aplicación de las normas consignadas en el Manual de Convivencia del Jardín Infantil Rayitos de Sol, es importante establecer los siguientes conceptos básicos:
- Convivencia escolar. Interrelación armónica necesaria entre los diversos estamentos de la Institución educativa, teniendo en cuenta el ejercicio de una comunicación acertada en aras de desarrollar con excelencia el Proyecto Educativo Institucional y al ser humano, para mejorar la calidad de la educación y por ende la calidad de vida de toda la comunidad.
- Conflicto. Condición humana caracterizada por la diversidad de intereses y tendencias contradictorias, que exige ser comprendido para hallar solución adecuada a su estructura en aras de una coexistencia equilibrada.
- Normas de convivencia. Conjunto de lineamientos que propician la comprensión de la diversidad a partir del diálogo acertado entre las personas, como acuerdos basados en el derecho y la ética.
- Institución educativa. Organización social con objetivos, funciones y resultados concretos, que buscan preparar y capacitar a los futuros hombres y mujeres como verdaderas personas que se perfilan como seres productivos y empresarios de la sociedad.
- Comportamiento social. Capacidad de cada ser humano para vivir acorde con los parámetros de respeto, tolerancia y sociabilidad propios de su comunidad en busca del desarrollo integral y progresivo de la sociedad en general que le rodea.
- Educación. Proceso permanente, que abarca todas las etapas de la vida del ser humano, cuyo fin último es alcanzar el desarrollo moral, intelectual, artístico, espiritual y físico del sujeto, con felicidad.
- Educador. Persona que facilita, propicia y estimula el proceso formativo de los estudiantes, como resultado de un sólido compromiso con los procesos de cambio propios del ser humano y en función de las necesidades sociales vigentes.
- Estudiante. Sujeto central del proceso de aprendizaje y razón de su existencia, cuya responsabilidad radica en protagonizar de manera regulada su propia transformación.
- Norma. Forma de conducta aceptada al interior de los grupos humanos que determina las condiciones ideales para una sana convivencia porque propende por el bienestar general.
- Principio. Sustento ideológico, base filosófica que señala el enfoque u orientación de una teoría o forma de pensamiento.
- Responsabilidad. Capacidad del individuo para cumplir sus deberes, enfrentar retos, tomar decisiones y asumir la consecuencia de sus actos.
- Valor. Capacidad que se asigna a una norma o idea para satisfacer necesidades humanas, regular la convivencia al interior de una comunidad, que se orienta a mejorar las relaciones interpersonales como base de una vida digna.
- Uniforme. Con la misma forma, sin variedad. Vestido igual y reglamentario de las personas de un cuerpo, grupo o comunidad.
Acuerdo 4Principios inherentes a las normas de convivencia escolar
- De subordinación: toda norma en un establecimiento escolar debe estar sujeta a derecho, acorde a la ley colombiana y a los tratados internacionales de derechos humanos reconocidos por el Estado colombiano.
- De igualdad, establecido en el artículo 13 de la Constitución Política y el artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño: todos los niños, niñas y jóvenes deben ser reconocidos en su individualidad, sin distinción de sexo, raza, origen, lengua, religión, opinión política o filosófica ni ninguna otra condición particular de sus padres y/o apoderados.
- De equidad, que entiende que la norma cobija a todos en igualdad de condiciones, eliminando la arbitrariedad en la actuación.
- De legalidad, consagrado en el artículo 29 de la Constitución (debido proceso): el manual debe describir con claridad los procesos, los comportamientos sancionables y sanciones proporcionales, respetando el derecho a la defensa, a presentar y controvertir pruebas y a la no dilación injustificada.
- De información: el manual de convivencia debe ser conocido por todos los actores de la comunidad educativa, difundido por las autoridades y accesible para todos los estamentos.
- De formación: el manual debe tener carácter formativo, consecuente con el Horizonte institucional y el componente pedagógico previstos en el PEI.
Acuerdo 5Marco legal
Colombia es una nación reconocida desde la Constitución Política como estado social de derecho; a continuación el fundamento legal para las labores educativas de la institución.
| Normativa | Año | Asunto |
|---|---|---|
| Constitución Política de Colombia | 1991 | Fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz. |
| Declaración de los Derechos Humanos | 1948 | La Asamblea General de la ONU aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. |
| Declaración/Convención de los Derechos del Niño | 1959 y 1989 | Declaración de los Derechos del Niño y Convención sobre los Derechos del Niño. |
| Ley 115 | 1994 | Por la cual se expide la ley general de educación. |
| Decreto 1860 | 1994 | Parcialmente reglamentario de la Ley 115. |
| Decreto 2247 | 1997 | Normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar. |
| Decreto 2253 | 1995 | Reglamento general para tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos. |
| Ley 30 | 1986 | Estatuto nacional de estupefacientes. |
| Ley 1098 | 2006 | Código de infancia y adolescencia. |
| Decreto 2277 | 1979 | Normas sobre el ejercicio de la profesión docente. |
| Decreto 1286 | 2005 | Participación de los padres de familia en los procesos educativos. |
| Ley 1437 | 2011 | Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. |
| Decreto-Ley 19 | 2012 | Suprime o reforma regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios. |
| Artículo 36, Decreto 1965 | 2013 | Acciones de promoción de la convivencia y el clima escolar (Ley 1620 de 2013). |
Acuerdo 6Principios generales
El Jardín Infantil Rayitos de Sol tiene principios de convivencia y valores institucionales que propician el desarrollo de la personalidad de sus estudiantes, conocidos, practicados y compartidos por toda la comunidad. Este Manual establece normas de conducta para estudiantes y profesores que garantizan el mutuo respeto e incluyen los procedimientos para formular quejas o reclamos, conforme a la Constitución, el debido proceso, el código de lo contencioso administrativo y la naturaleza educativa de la institución.
Acuerdo 7De la comunidad educativa
De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política, la comunidad educativa participará en la dirección del establecimiento; está formada por estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos docentes y administradores escolares, quienes participan en el diseño, ejecución y evaluación del PEI y en la buena marcha del establecimiento.
Acuerdo 8De los padres de familia
De acuerdo con el Decreto 1286 de 2005, la expresión "padres de familia" comprende a los padres y madres, tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados, quienes al firmar la matrícula se hacen parte integrante de la vida institucional y responsables de acompañar el proceso educativo de sus hijos, evaluarlos, ayudarles a mejorar y cumplir con las obligaciones económicas y de puntualidad correspondientes.
Acuerdo 9Derechos de los padres de familia
Los padres de familia y/o acudientes del Jardín Infantil y Sala Cuna Rayitos de Sol poseen los siguientes derechos:
- Conciliar ante conflictos cuya solución exija habilidades de negociación, tolerancia o comprensión.
- Ser conocedores de lo que significa educar con base en la estrategia pedagógica de la Institución.
- Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos.
- Recibir información estatal sobre los establecimientos educativos debidamente autorizados.
- Conocer con anticipación las características de la Institución, el PEI, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas, el sistema de evaluación y el plan de mejoramiento.
- Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones sobre el proceso educativo de sus hijos.
- Participar en el proceso educativo y en la construcción, ejecución y modificación del PEI.
- Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos.
- Recibir información periódica sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.
- Conocer los resultados de las pruebas de evaluación de calidad del establecimiento.
- Elegir y ser elegido para representar a los padres en los órganos de gobierno escolar.
- Ejercer el derecho de asociación para mejorar los procesos educativos.
Acuerdo 10Deberes de los padres de familia
Según el Decreto 1286 de 2005, corresponde a los padres de familia del Jardín Infantil y Sala Cuna Rayitos de Sol:
- Postularse para la conformación del Consejo de Padres de Familia.
- Matricular oportunamente a sus hijos y asegurar su permanencia durante la edad escolar obligatoria.
- Cumplir con las obligaciones contraídas en la matrícula y en el presente manual.
- Leer, analizar y acatar el Manual de Convivencia.
- Acompañar el proceso educativo como primeros educadores de sus hijos.
- Comunicar oportunamente a las autoridades del establecimiento cualquier irregularidad, incluyendo maltrato infantil, abuso sexual o consumo de drogas.
- Asistir puntualmente a las reuniones y actividades programadas.
- Mantener contacto permanente con el o la docente correspondiente.
- Ser puntuales en la hora de llegada y salida de los niños.
- Solicitar personalmente los permisos que requieran sus hijos.
- Participar en el proceso de auto-evaluación anual de la Institución.
- Hacer saber sus inquietudes, recomendaciones o críticas de manera escrita y firmada.
- Valorar el acompañamiento de los docentes en el proceso formativo de sus hijos.
Acuerdo 11De los estudiantes
Los estudiantes de pre escolar poseen características especiales en su proceso de maduración intelectual, biológica y social. Los estudiantes del Jardín Infantil y Sala Cuna Rayitos de Sol deben ser: autónomos y conocedores de su realidad; dinámicos, respetuosos y alegres; poseedores de una clara escala de valores; protagonistas activos de su proceso lector y escritor; curiosos y observadores; alegres y empáticos; naturales en la comunicación de sus sentimientos; y optimistas en la búsqueda de explicaciones, asumiendo la responsabilidad de crecer emocional e intelectualmente saludables.
Acuerdo 12Derechos de los estudiantes
- Recibir una educación integral de acuerdo con su edad y con base en el desarrollo de habilidades lectoras.
- Ser tratados con respeto, equidad y sin ningún tipo de discriminación.
- Acceder a una apropiada seguridad integral acorde con la infraestructura de la institución.
- Disfrutar de espacios adecuados para facilitar su aprendizaje.
- Tener libertad de pensamiento, expresión e ideología.
- Buscar o difundir información que favorezca la buena marcha de la institución.
- Disfrutar del descanso apropiado según sus necesidades.
- Acceder a información y material que promueva su bienestar educativo y social.
- Disentir de forma cordial y en concordancia con el conducto regular.
- Participar en las organizaciones y Gobierno Escolar.
- Tener la posibilidad de enfrentar conflictos para desarrollar sus competencias ciudadanas.
Acuerdo 13Deberes de los estudiantes
- Asistir puntualmente y permanecer durante las actividades curriculares y extracurriculares.
- Participar activamente en el desarrollo de las clases.
- Representar dignamente a la Institución en cualquier evento.
- Preservar y conservar el medio ambiente escolar y su entorno.
- Ejercer constante autocontrol y responsabilizarse por sus actos.
- Justificar, por intermedio de sus padres, las ausencias por fuerza mayor.
- Practicar la honradez, sinceridad, lealtad, prudencia y colaboración.
- Acudir al diálogo y la negociación para la solución de conflictos.
- Mantener buenas conductas de higiene y presentación personal.
- Hacer uso adecuado del vocabulario con todas las personas de su entorno.
- Colaborar con sus profesores y compañeros cuando así lo requieran.
- Mantener su lugar de estudio en orden y aseo.
- Llevar los comunicados dirigidos a padres o acudientes de manera oportuna.
- Portar el uniforme completo en toda actividad de carácter pedagógico.
Acuerdo 14Reglamento para los docentes
Para todo fin se sujeta al Código Sustantivo del Trabajo y las condiciones pactadas al firmar el contrato de vinculación; las disposiciones adicionales se consignan en el manual de procedimientos específico de su labor. El educador o educadora del Jardín Infantil y Sala Cuna Rayitos de Sol debe ser hábil en la detección de capacidades especiales, receptivo a las necesidades de la comunidad educativa, innovador y actualizado, cariñoso y veraz, y mediador en el conflicto y en el encuentro del estudiante con su entorno escolar y cultural.
Acuerdo 15Derechos de los docentes
- Recibir la remuneración correspondiente a su trabajo dentro de las fechas establecidas.
- Ser respetados y tratados con la debida dignidad y equidad.
- Recibir estímulos tanto de padres o acudientes como de los directivos.
- Solicitar y recibir permisos de acuerdo con sus necesidades reales.
- Descanso correspondiente legal, acorde con el tiempo de trabajo.
- Capacitación adecuada según sus necesidades y expectativas de crecimiento.
- Participación en la elaboración del planeamiento de actividades.
Acuerdo 16Deberes de los docentes
- Impartir las clases del grado correspondiente, dentro del horario y currículo establecidos.
- Producir material didáctico que complemente el trabajo práctico en el aula.
- Valorar las dimensiones o asignaturas conforme a los criterios de evaluación del plan de estudios.
- Mantener el orden y la disciplina del grado a su cargo.
- Estimular a los estudiantes para obtener el mejor rendimiento académico posible.
- Diseñar y desarrollar actividades de seguimiento y recuperación cuando se requiera.
- Participar en los actos de comunidad y reuniones programadas, y pertenecer a los comités requeridos.
- Presentar oportunamente los informes académicos.
- Propiciar que el aula se mantenga limpia y organizada al finalizar la jornada.
- Atender a los padres de familia o acudientes en los horarios establecidos.
- Cumplir con las funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
Acuerdo 17Normas básicas de convivencia
En el marco de la formación ciudadana, se establecen las siguientes normas de procedimiento para cuando se presenten conflictos entre integrantes de la comunidad educativa:
- Se propiciará el derecho a ser escuchadas las partes en actitud imparcial por la autoridad más cercana en orden de jerarquía.
- Toda persona tendrá derecho a la defensa en caso de ser objeto de algún tipo de acusación.
- Si las partes no logran conciliación se citará a los padres de familia o acudientes ante el consejo directivo o académico, según el caso.
- Si el conflicto involucra al cuerpo docente, se les convocará ante las mismas instancias.
- Se buscarán desempeños en convivencia y paz, participación democrática, y valoración de las diferencias, con base en las competencias ciudadanas del MEN.
- Se decidirá en conjunto acerca de las acciones más edificantes: compromiso de cambio por escrito, asunción de responsabilidad, o sanción disciplinaria acorde con la falta.
- De persistir actitud no conciliadora, se tomarán medidas como suspensión temporal, exclusión definitiva o sanción en acciones comunitarias.
- Toda persona tiene derecho a presentar peticiones verbalmente o por escrito, sin necesidad de apoderado.
- Toda persona que presente queja, reclamo o solicitud puede esperar respuesta oportuna y eficaz, con trato respetuoso.
- Deben recibir atención especial las personas en situación de discapacidad, niños, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores.
- La ciudadanía puede exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y particulares que cumplan funciones administrativas.
- Toda persona puede formular alegaciones y aportar pruebas en cualquier actuación administrativa que le interese.
- Se privilegiará la acción formativa sobre la punitiva, mediante: a) diálogo estudiante-docente para acuerdo o compromiso escrito; b) remisión al Director(a) de curso si no hay acuerdo; c) remisión a coordinación, orientación o rectoría según la instancia afectada; d) mediación por el Comité de Convivencia, consejo académico o profesionales externos, e incluso apoyo de Bienestar Familiar o autoridades competentes.
Acuerdo 18El debido proceso
El Jardín Infantil Rayitos de Sol establece las siguientes normas de procedimiento para manejar conflictos entre integrantes de la comunidad educativa:
- Se propiciará el debido proceso, iniciando con el derecho a ser escuchadas las partes en actitud imparcial.
- Toda persona tendrá derecho a la defensa en caso de ser objeto de algún tipo de acusación.
- El debido proceso incluye el ajuste a las normas preexistentes, la competencia de la autoridad, el principio de favorabilidad, resolución sin dilaciones injustificadas y la oportunidad de presentar y controvertir pruebas.
- Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a las garantías del debido proceso en todas las actuaciones académicas, comportamentales y de convivencia, respetando la dignidad y evitando cualquier conducta discriminatoria.
- Se aplicarán criterios de presunción de veracidad, imparcialidad, derecho a ser notificado, celeridad, protección de derechos fundamentales, favorabilidad, legalidad, derecho a la defensa, al asesoramiento de padres o tutores, a guardar silencio, a la confrontación con testigos, y a la apelación ante autoridad superior.
- Para garantizar la sana convivencia se evitará el uso de reproductores, equipos electrónicos y celulares en horas de clase; los equipos decomisados se devolverán a los padres según el protocolo establecido. La institución no se responsabiliza por la pérdida de objetos personales.
- Toda la comunidad educativa debe manifestar respeto a la institución, su nombre e insignias en cualquier lugar.
- Se recomienda contribuir a la comunidad educativa con solidaridad, respeto, colaboración y pertenencia.
- Se reconoce a niños, niñas, adolescentes y demás integrantes de la comunidad el derecho al debido proceso y a la defensa en toda actuación administrativa, comportamental o disciplinaria.
- El conducto regular para asuntos académicos incluye: docente de la asignatura, jefe de área, director de grupo, coordinador general, comisión de evaluación y promoción, consejo directivo y rector.
- El procedimiento con estudiantes que presenten dificultades académicas incluye: citación a padres por el docente, firma de seguimiento con el director de grupo, compromiso académico con coordinación, citación a rectoría, y solicitud escrita en caso de reclamo sobre promoción.
Acuerdo 19Instancias conciliadoras
El Jardín Infantil Rayitos de Sol propicia oportunidades para resolver democráticamente los conflictos, mediante el diálogo y la conciliación:
- Dificultades académicas: se aplican las acciones de seguimiento del Sistema Institucional de Evaluación (SIE).
- Conflictos entre estudiantes: media primero el educador presente, luego coordinación, luego el Consejo Académico o Personería, y en última instancia la Rectoría.
- Conflictos con educadores o personal administrativo: diálogo con el docente, luego el director de grupo, luego coordinación y finalmente rectoría.
- Conflictos entre docentes: se escucha a las personas involucradas, con posible intervención de coordinación y rectoría.
- De existir reincidencia, el estudiante firmará el observador reconociendo la inconveniencia de sus actos.
- Se han tipificado como acciones que requieren atención formativa especial: evasión de clase o de la institución, fraude, daño o sustracción de propiedad, comportamientos que atentan contra la sana convivencia, y negligencia frente a un deber o derecho.
- Ante estas acciones se procede con: a) acuerdos verbales notificados y registrados en el portafolio; b) diligenciamiento de formatos de compromiso; c) suspensión de uno (1) a tres (3) días según gravedad, decidida por el Consejo Directivo; d) matrícula condicional; e) cancelación de matrícula cuando no hay cambio significativo, notificando a los padres; f) citación a padres en todos los casos pertinentes. Toda sanción corresponde exclusivamente al director de curso, la coordinación y la rectoría, previo agotamiento de las demás instancias.
Acuerdo 20Medidas de orientación disciplinaria
Para manejar situaciones que puedan convertirse en faltas, se establece el siguiente procedimiento: a) llamado de atención verbal por el docente y/o director de grupo; b) registro en el observador anecdotario; c) citación del padre de familia y/o acudiente; d) remisión a orientación institucional; e) firma de compromiso convivencial; f) remisión a consejo directivo; g) inclusión en el programa de reeducación institucional; h) cancelación de la matrícula.
Acuerdo 21Deberes de las autoridades escolares en atención al público
De conformidad con la Ley 1437 de 2011, las autoridades educativas deben: dar trato respetuoso y diligente a todas las personas; garantizar atención personal mínima de 40 horas semanales; atender a todas las personas dentro del horario normal; establecer un sistema de turnos; incluir en el manual información sobre el trato digno al usuario; tramitar peticiones por fax o medios electrónicos; adoptar medios tecnológicos para la resolución de peticiones; habilitar espacios idóneos para la consulta de documentos; y cumplir las demás disposiciones de la Constitución, la ley y los reglamentos.
Acuerdo 22Información al público
La institución mantendrá a disposición de toda persona información completa y actualizada sobre: sus normas básicas de competencia, las funciones de sus dependencias, los documentos requeridos según la actuación, el responsable ante quejas o reclamos, y los proyectos de regulación con sus plazos de observación. Está prohibido: negarse a recibir peticiones o expedir constancias; negarse a recibir escritos o explicaciones; exigir documentos no previstos por la ley; asignar la atención al ciudadano a personal no capacitado; demorar injustificadamente las respuestas; y ejecutar o dilatar actos que no se encuentren en firme.
Acuerdo 23Obligación de informar a madres o padres y defensor de familia
El Jardín Infantil Rayitos de Sol informa a padres y defensor de familia mediante: la entrega del reporte escolar al finalizar el periodo, el envío de circulares, la documentación en el observador del estudiante, citaciones escritas o telefónicas, y, cuando corresponda, informando a la comisaría de familia municipal o a defensoría de familia y bienestar familiar.
Acuerdo 24Lineamientos académicos
- El año escolar está dividido en cuatro períodos: febrero a abril, abril a junio, julio a septiembre, y septiembre a noviembre, con un informe adicional al finalizar el año.
- La evaluación se hace por logros, estándares y competencias, según la ley y los criterios del PEI.
- El proceso educativo favorece el desarrollo de las capacidades y habilidades de cada estudiante.
- Se realiza una evaluación diagnóstica al inicio del año, con seguimiento de cada docente.
- El método pedagógico ofrece amplias oportunidades para aprender del error.
- Las evaluaciones incluyen pruebas de comprensión, análisis, discusión y crítica.
- Se tienen en cuenta apreciaciones cualitativas resultado de la observación y el diálogo.
- La valoración sigue las normas del Decreto 2247 de 1997 para preescolar.
- Se planean actividades de seguimiento y recuperación cuando se requieran.
- En preescolar no se reprueban grados, áreas o asignaturas; se hace seguimiento constante.
- Se espera una asistencia superior a las tres cuartas partes del tiempo total previsto (40 semanas).
- Toda inasistencia debe ser justificada y sustentada por los padres o acudientes.
- El currículo se diseña con base en las dimensiones definidas por la ley y el PEI.
- Los medios de evaluación incluyen pruebas, trabajos, exposiciones e informes, así como apreciaciones cualitativas de la observación continua.
Acuerdo 25De la expedición de certificados
Los certificados son un reconocimiento académico otorgado al concluir un plan de estudio. Son competentes para expedirlos la Directora y Secretaria de la Institución, con sus respectivos sellos y firmas. La entrega se hace dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud.
Acuerdo 26Horarios
La comunidad educativa se compromete a cumplir los horarios académicos; el incumplimiento reiterado (hasta tres veces) genera amonestación o sanción. Los horarios establecidos son: ingreso de estudiantes 7:45 a.m.; salida de estudiantes 1:00 p.m.; jornada adicional de 1:00 a 5:00 p.m.
Acuerdo 27De los uniformes y la presentación personal
Todos los estudiantes vestirán el uniforme establecido por la Institución, de uso obligatorio, en las mejores condiciones de aseo, orden y buen estado: sudadera, camiseta según modelo y tenis blancos; niñas: buso verde, jardinera en dril azul oscuro, media pantalón y zapatos azul oscuro y delantal; niños: buso verde, overol en dril, media azul oscuro y zapatos azul oscuro y delantal. Se recuerda además mantener el cuerpo aseado, dientes cepillados, cabello revisado, y evitar el porte de juguetes, joyas, celulares o artículos de alto valor.
Acuerdo 28Causales de cancelación del contrato educativo
- El atraso en dos o más meses del valor de la pensión y/o servicios adicionales.
- El incumplimiento en algún requisito de matrícula.
- Comportamiento grosero o altanero de los padres de familia hacia directivos, profesorado o empleados.
- Agresión física o verbal por parte de padres o acudientes en contra de cualquier trabajador o directivo.
Acuerdo 29Requisitos para matrícula
La calidad de estudiante se adquiere mediante el acto formal de matrícula. Se requiere: formulario de inscripción; registro civil de nacimiento; certificado médico EPS; copia del cuadro de vacunas; cuatro (4) fotos 3x4; fotocopia del carné de la EPS; examen de agudeza visual; audiometría; conocer y aceptar la filosofía y normas de la Institución; haber superado los logros del grado anterior; y legalizar la matrícula firmando el acta de compromiso. Los rangos de edad son: 3 años Pre Jardín, 4 años Jardín, 5 años Transición. La institución ofrece además servicios adicionales: inglés intensivo, danzas (opcional), patinaje/fútbol/ciclismo (opcional), sistemas, expresión corporal, natación (opcional), consejería familiar, apoyo terapéutico y apoyo nutricional.
Acuerdo 30Costos educativos
De acuerdo con el Decreto 2253 de 1995, los costos incluyen: valor de matrícula (pago anual anticipado, hasta el 10% de la tarifa anual); valor de pensión (pagada por mensualidades); y otros cobros no periódicos como formulario de inscripción, papelería (carné, agenda, certificados) y seguro de vida estudiantil. La cancelación por todo concepto se realiza dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, únicamente por PSE, en la cuenta del Banco DaviBank del Jardín.
Acuerdo 31Permisos e inasistencias
Los permisos deben solicitarse con anticipación o justificarse por fuerza mayor. Las excusas médicas o escritas deben presentarse con firma y número de cédula del padre o acudiente, con visto bueno de quien la recibe, dentro de un plazo máximo de 48 horas tras el regreso a clase, siguiendo el conducto regular: presentar la excusa en secretaría, mostrarla al director de curso, conservar copia firmada, y presentarla en las clases afectadas. Si la inasistencia no es justificada, el estudiante renuncia al derecho de realizar las actividades evaluativas de ese día y obtiene la nota mínima. Se requiere una asistencia mínima del 75% para la aprobación del grado, área o asignatura.
Acuerdo 32Medidas de salud pública
El Jardín Infantil Rayitos de Sol mantiene protocolos de prevención en salud bucodental, atención a la niñez maltratada, vigilancia epidemiológica y nutricional, desparasitación y vacunación escolar, saneamiento ambiental escolar, salud visual, estilos de vida saludables y educación física, prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas, y apoyo a población vulnerable o en condición de discapacidad. Se evitará el consumo o cercanía a sustancias psicoactivas y lesiones auto infligidas; se exige aseo, orden y presentación personal; se evita el consumo de alimentos en los salones; y se promueve una cultura de correcto uso de baños y lavamanos.
Acuerdo 33Estímulos y actuación en eventos
Estudiantes y docentes se comprometen a participar en izadas de bandera, jornadas culturales, deportivas o folclóricas, día de la familia, día de los niños, talleres de formación familiar y demás actividades del PEI. Se otorgan estímulos por rendimiento académico, disciplinario, puntualidad, colaboración, presentación personal, lealtad y solidaridad, entre ellos: Mención por Excelencia, Mención por Compañerismo y Mención por Buena Conducta.
Acuerdo 34Gobierno escolar
De acuerdo con el Decreto 1860 de 1994, el gobierno escolar se divide en Consejo Directivo, Consejo Académico y Consejo de Estudiantes, elegidos democráticamente. El Consejo Directivo está integrado por el Rector, representantes docentes, de padres de familia, de estudiantes, de exalumnos y del sector productivo. El Consejo de Padres está integrado por un padre de familia por cada grado, elegido dentro del primer mes del año escolar. El personero de los estudiantes promueve el ejercicio de deberes y derechos consagrados en la Constitución, la ley y este manual.
Acuerdo 35Perfiles para ser candidato al gobierno escolar
Estudiantes: estar matriculado, presentar alto rendimiento académico y de convivencia, no haber recibido sanciones, demostrar equilibrio emocional y liderazgo, mantener buenas relaciones con la comunidad, y tener sentido de pertenencia.
Padres de familia: pertenecer a la comunidad educativa, presentar liderazgo y trabajo en equipo, tener sentido de pertenencia, fomentar el trabajo activo institucional y conocer las necesidades de la institución.
Docentes: tener vínculo laboral vigente, alto sentido de pertenencia y liderazgo, interés en la sana convivencia, participación activa interdisciplinaria, capacidad de gestión pedagógica y compromiso profesional.
Acuerdo 36De los servicios escolares
Todo estudiante tiene derecho al uso de los servicios, equipos y materiales dispuestos para la educación, debiendo: usar con cuidado los equipos de la sala de sistemas; usar los recursos como herramienta de investigación; ajustarse a los horarios establecidos; participar en las salidas pedagógicas y actividades lúdicas obligatorias; respetar los objetos y materiales de todos los miembros de la comunidad; mantener en buen estado los bienes de la institución; hacer uso correcto de los baños; evitar escribir o dibujar en las instalaciones; dejar los espacios en el estado en que se encontraron; usar correctamente la biblioteca y ayudas didácticas; responsabilizarse de sus objetos personales; y portar diariamente el carné estudiantil. La solicitud de entrevistas sigue el conducto regular (docentes, administrativos, rectoría), y ningún padre debe abordar a los docentes fuera del escenario escolar para tratar temas privados.
Acuerdo 37Pautas para el cuidado del medio ambiente
La conservación del aire puro y los espacios saludables depende de mantener limpias las zonas verdes y proteger animales y plantas; depositar las basuras en las canecas respectivas y separar los residuos sólidos; conservar en orden la cafetería y zonas aledañas; usar responsablemente el agua y la energía en baños y lavamanos; conservar paredes, puertas y mobiliario sin rayar ni romper; disminuir la contaminación auditiva; y fomentar la amabilidad y el buen trato entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
Acuerdo 38Disposiciones finales y vigencia
El presente Manual de Convivencia ha sido revisado y actualizado con la participación voluntaria, activa y democrática de los representantes de la Comunidad Educativa del Jardín Infantil Rayitos de Sol, y fue adoptado el día 2 de octubre de 2015, razón por la cual tendrá vigencia a partir de la fecha de aprobación, quedando sujeto a revisión y ajuste anual. En constancia de lo cual firman en original los integrantes del Consejo Directivo.